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Elaboración del plan de contigencia por feriado provincial modalidad no presencial

Toda persona jurídica privada u organización sin fines de lucro legalmente constituida, tiene acceso a recibir a la construcción de planes de contingencia por feriados nacionales y provinciales que permitan garantizar y fortalecer las condiciones de seguridad y precautelar la vida e integridad de la ciudadanía.

¿A quién está dirigido?

• Gobiernos Autónomos Descentralizados
• Gobierno Central

Requisitos Obligatorios:

1. Solicitud de elaboración de plan de contingencia por feriado provincial dirigida al (la) Coordinador(a) Zonal de Gestión de Riesgos

¿Cómo hago el trámite?

1. El usuario debe elaborar la solicitud del servicio e imprimirla y presentarla al(a) asistente administrativo(a) de recepción en las oficinas de Matriz o en la Coordinación Zonal de la jurisdicción a la que pertenece.
2. El usuario debe esperar la respuesta a su requerimiento, de acuerdo a las indicaciones dadas por el(a) asistente administrativo(a).
3. El usuario recibirá el plan de contingencia por feriado provincial por correo electrónico o si desea en físico.

El trámite no tiene costo

Base Legal

*Constitución de la República: Artículo 289, numeral 4,5 y 6. Artículo 390
* Ley de Seguridad Pública y del Estado: Artículo 11, literal d
* Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización: Artículo 140
* Manual del Comité de Operaciones de Emergencia