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Resoluciones COE Nacional de 03 de septiembre de 2021

El COE Nacional, en sesión permanente del viernes 03 de septiembre de 2021, por unanimidad de los miembros plenos, resolvió:

1. Conocer el informe presentado por la comisión delegada mediante Resolución de 25 de agosto de 2021, para evaluar los resultados de la autorización de permitir un aforo sugerido de 30% de la capacidad del Estadio Rodrigo Paz Delgado de la ciudad de Quito para el desarrollo del partido Ecuador vs Paraguay. Al respecto, se autoriza el aforo sugerido del 30% para el encuentro deportivo del 05 de septiembre de Ecuador vs Chile, con la implementación de las siguientes recomendaciones:

a. Reforzar la revisión al ingreso de las pertenencias a los aficionados, para evitar el ingreso de bebidas alcohólicas, precautelando que las botellas puedan ser usadas como proyectiles.

b. Reforzar los puntos de lavado de manos y/o alcohol gel dentro del estadio.

c. Establecer una eficaz revisión de que la entrada realmente pertenezca a la persona que ingresa al estadio (mediante verificación con la cédula).

d. Mantener la distribución de alcohol gel en áreas comunes.

e. Reforzar el mensaje de las medidas de bioseguridad al público.

f. Articular el monitoreo Circuito Cerrado de Televisión con el sistema de videovigilancia del ECU 911.

g. Reforzar la seguridad privada del estadio para control del distanciamiento en graderíos.

h. Reubicar a los asistentes que ocupan las primeras filas para evitar aglomeraciones en las generales y tribunas.

i. Recomendar a los jugadores que la responsabilidad para guardar las medidas de bioseguridad es de todos quienes se encuentran siendo parte del encuentro deportivo, tales como autoridades, prensa, organizadores, público y seleccionados; en tal virtud, deben evitar acercarse a festejar con el público.

j. Coordinar de mejor manera ante la empresa encargada de la venta de las entradas digitales para los encuentros futbolísticos, exista una verificación de los datos ingresados por las personas que adquieren estas entradas, con el objetivo de evitar aglomeraciones en los exteriores de las boleterías del estadio. De ser necesario instalar puntos de verificación en áreas estratégicas y que atiendan desde muy temprano para que los aficionados puedan solventar  cualquier novedad.

k. Realizar una campaña masiva de socialización y concientización más visible antes, durante y después, para la ciudadanía que asiste a los encuentros futbolísticos, respecto a las medidas de bioseguridad que deben ser adoptadas en el interior del estadio (uso de mascarillas y distanciamiento social).

l. Que se indique a los jugadores que, de marcar gol se limiten a celebrar dentro del campo de juego, más no ir a festejar con los aficionados.

m. Solicitar a los deportistas que una vez terminado el partido, deben colocarse mascarilla y abandonar el campo de juego hacia los camerinos, salvo los que por protocolo deban dar declaraciones a la prensa.

2. Conocer la solicitud presentada por el Club Ñañas, respecto a la autorización de permitir un aforo sugerido de 30% de la capacidad del Estadio General Rumiñahui de la ciudad de Quito para llevar a cabo la final de la SuperLiga Femenina. Al respecto y acuerdo a las atribuciones y responsabilidades establecidas en el Manual del Comité de  Operaciones de Emergencias, el COE Nacional al ser una instancia técnica de coordinación interinstitucional, y en el marco de las competencias de las instituciones que lo integran y tienen rectoría nacional, no presenta objeción y aprueba la aplicación del Protocolo presentado por la Federación Ecuatoriana de Futbol, sin embargo y de acuerdo a las competencias de los GAD‘s cantonales y metropolitanos, establecidas en el artículo 54 literal m) y en el 84 literal m) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, les corresponde la regulación y control del uso de espacios públicos, que se desarrollen en la circunscripción territorial cantonal y metropolitana. Por lo tanto, el COE Metropolitano sin perjuicio de lo expuesto, también deberá aprobar la solicitud en referencia si lo considera pertinente, en virtud de las competencias concurrentes que le atañan a la solicitud del Club Ñañas.

3. Aprobar los “Lineamientos generales para la reactivación de actividades físicas en pandemia y post pandemia para la población”, presentados por el Ministerio de Deporte. Para su implementación se deberá coordinar con los respectivos Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales.