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Resoluciones COE Nacional 10 de abril 2020

Dentro del marco de la emergencia sanitaria por COVID-19, del Decreto Ejecutivo Nro. 1017, de 16 de marzo de 2020 y como alcance a la resolución del COE – Nacional del viernes 03 de abril de 2020, disponer que, en el caso de fallecimiento de los afiliados del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (ISSFA), Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional (ISSPOL) y Seguro Social Campesino, haya ocurrido dentro de los Hospitales de las referidas instituciones; y, los familiares no hubieren realizado ningún trámite para proceder con los servicios exequiales en el plazo de 24 horas siguientes a la defunción del asegurado; las prestadoras externas de servicios funerarios que mantienen acuerdos, con los Institutos de Seguridad Social, anteriormente nombrados, realicen el levantamiento del cadáver, e inhumación, y que, para el pago del servicio exequial brindado por éstas, mientras dure el estado de excepción; se suspende la entrega de los documentos que deben ser proporcionados y suscritos por los familiares de los asegurados fallecidos, como la cédula del contratante, formulario de autorización de pago y formulario de satisfacción.

En referencia a la jornada laboral del personal de Ministerio de Salud Pública, se resuelve los siguiente:

  1. A partir del 09 de abril de 2020, se reintegrará de manera PRESENCIAL permanente, todo el cuerpo de autoridades que conforman el jerárquico superior del Ministerio de Salud Pública, trabajando diariamente en las actividades y tareas de su competencia.
  2. Desde el lunes 13 de abril de 2020, el personal que conforma el Ministerio de Salud Pública, asistirá a la Plataforma Gubernamental de Desarrollo Social (en la matriz) o al lugar que corresponda en cada localidad, en horario regular de labores, para este fin se consolidará un equipo mínimo de trabajo por cada una de las dependencias de este Ministerio. El equipo de trabajo estará integrado por: la autoridad jerárquica superior de la unidad orgánica, asistente, sus coordinadores de gestión interna y una persona por cada una de estas.
  3. En el caso de requerir salvoconducto, la Dirección Nacional Administrativa se encargará de coordinar los mismos, y explicar a los funcionarios como obtenerlos.
  4. Se excluirá de estos equipos a personal que se encuentre dentro de grupos de atención prioritaria (personas con discapacidad, enfermedades catastróficas, embarazo, lactancia y mayores de 60 años).
  5. En el grupo familiar donde exista más de una persona que deba realizar jornada presencial, y haya responsabilidad de niños, niñas o personas que requieran cuidado permanente, se autoriza la jornada de teletrabajo.

El COE Nacional toma conocimiento, declara su acuerdo y a la vez expresa su reconocimiento a la Asamblea Nacional por el respaldo a las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, que garantizará el cumplimiento de sus funciones y de su deber, hecho que redundará en resultados efectivos en la emergencia sanitaria que vivimos. Igualmente, será sin duda efectivo el respaldo a las instituciones para preservar la seguridad pública, seguridad interna básica para el orden público paz y vigencia del orden democrático.