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Resoluciones COE Nacional 08 de mayo 2020

El COE Nacional, en sesión permanente del viernes 08 de mayo de 2020, por unanimidad de los miembros plenos, resolvió:

  1. Dentro del marco de la emergencia sanitaria por COVID-19 y del Decreto Ejecutivo Nro. 1017 de 16 de marzo de 2020, mientras rija el Estado de Excepción, se autoriza el trabajo en horario extendido de:
    • Los centros de acopio de maíz registrados en el Ministerio de Agricultura y Ganadería en las provincias de Manabí, Los Ríos y Guayas.
    • Las piladoras de arroz registradas en el Ministerio de Agricultura y Ganadería en las provincias de Manabí, Los Ríos, Guayas y El Oro.

Su actividad se desarrollará bajo estrictos protocolos de bioseguridad y de permanente control del equipo técnico del Ministerio de Agricultura y Ganadería.

La fuerza pública y los demás agentes de control dentro del marco de sus competencias y responsabilidades facilitarán la movilidad de los actores directos de las cadenas agroindustriales del maíz y del arroz.

  1. Autorizar el reinicio de las operaciones de producción y comercialización de las fábricas de velas a nivel nacional, pues se ha recibido una solicitud al existir riesgo de desabastecimiento en el mercado. Deberán cumplir todas las disposiciones y protocolos establecidos por el COE Nacional.

 

  1. El Ministerio de Salud Pública exhorta a la población en general no utilizar los guantes de nitrilo y látex, toda vez que pueden generar una falsa percepción de seguridad, por otro lado, una vez que estos se exponen al contacto de superficies su efecto protector disminuye y deben ser desechados en un corto periodo de tiempo. No es razonable, por ende, que ciertas autoridades, comercios y servicios, exijan como condición la utilización de estos elementos de protección a la ciudadanía. Se recuerda que el lavado de manos con agua y jabón, así como la aplicación de alcohol en gel al 70% son las medidas más efectivas para prevenir el contagio.

 

  1. Se recuerda a los Gobiernos Autónomos Descentralizados que la implementación de habitaciones para Centros de Aislamiento Temporal y Centros de Atención Temporal deben desarrollarse en coordinación con los representantes locales del Ministerio de Salud Pública (Coordinaciones Zonales y Direcciones Distritales).

 

  1. Se dispone que mientras dure la emergencia sanitaria por COVID-19, el carné de discapacidad mantendrá su validez.

 

  1. Derivar a las mesas técnicas respectivas el análisis del protocolo de apertura gradual presentado por la Conferencia Episcopal Ecuatoriana, para su revisión y aná

 

  1. En referencia a la resolución del COE Nacional de 28 de abril de 2020 que establece “Una vez cumplida la primera etapa de aislamiento que inició tras la declaratoria de emergencia sanitaria por COVID-19 y el estado de excepción mediante Decreto Ejecutivo Nro. 1017 de 16 de marzo de 2020, a partir del 4 de mayo de 2020 inicia la etapa del “Distanciamiento Social”, misma que se basará en una semaforización del territorio nacional tomando en cuenta las disposiciones en el anexo adjunto”, respecto al lineamiento para el semáforo en rojo que define “Autorización laboral adicional sólo en proyectos pilotos autorizados por el COE Nacional (sector de la construcción por ejemplo”, se autorizan las solicitudes enviadas por los municipios de Guayaquil y Cuenca y, en adelante se establece el siguiente esquema para que los COEs cantonales planteen proyectos piloto durante la fase “Rojo”:
    • Paso 1: Los sectores productivos presentarán la propuesta al COE Cantonal respectivo.
    • Paso 2: De no haber observaciones en la propuesta, el COE Cantonal elevará a conocimiento del COE Nacional.
    • Paso 3: El COE Nacional aprueba el inicio de apertura de actividades productivas.

Dado en el Servicio Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias, en la sesión Plenaria del COE Nacional – Virtual, el viernes 08 de mayo del 2020.