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DECLARATORIA DE EMERGENCIA DEL SECTOR PUEBLO NUEVO DE LA PROVINCIA DE AZUAY

En base a la RESOLUCION DE EMERGENCIA No. SNGR-001-2013, se resuelve:

Art.1.- DECLARAR la situación de emergencia en el sitio identificado como Pueblo Nuevo del cantón Ponce Enríquez, de la provincia del Azuay, a fin de ejecutar de manera inmediata las acciones que se requieran para precautelar la integridad física y por ende la vida de las personas afectadas por el deslave ocurrido, prestar la ayuda humanitaria a las familias afectadas, así como prevenir el acaecimiento de nuevas situaciones de emergencia.

Art.2.- Por efecto de la declaratoria de emergencia, la Secretaria Nacional de Gestión de Riesgos podrá contratar de manera directa la ejecución de obra, adquisición de bienes o servicios que sean necesarios para superar  la situación de riesgos que se identifica.

Art.3.- DISPONER a la Subsecretaria de Gestión Técnica de Riesgos de la SNGR que previo al acometimiento de las acciones para remediar la situación de emergencia, objeto de esta resolución, elabore el informe técnico y presupuesto preferencial pertinentes.

Art.4.- PROHIBIR el desarrollo de actividades mineras en el área de acceso de los sectores identificados como Zhumiral y Bella Rica del cantón Ponce Enríquez de la provincia del Azuay, así como el sector identificado como Río Siete del cantón de El Guabo de la provincia de El Oro, a efectos de prevenir el acontecimiento de nuevos deslaves o situaciones de emergencia que pudieran afectar a la ciudadanía que habita y transita por el sector.

Art.5.- INCREMENTAR los mecanismos de seguridad en los sectores identificados como Zhumiral y Bella Rica del cantón Ponce Enríquez de la provincia del Azuay, así como en el sector identificado como el sector identificado como Río Siete del cantón de El Guabo de la provincia de El Oro, ante la probabilidad de acaecimiento de situaciones que pueden afectar a quienes habitan y transitan en dichas localidades.

Art.6.- DISPONER al Comité de Operaciones de Emergencia de la provincia de Azuay y de la provincia de El Oro mantener activas de modo permanente sus mesas de trabajo técnico y se mantengan vigilantes del cumplimiento de las disposiciones emitidas en la presente Resolución.

Art.7.- DISPONER a la Dirección Provincial de Gestión de Riesgos de Azuay de la Secretaria Nacional de Gestión de Riesgos, coordine las acciones que sean necesarias para el eficaz cumplimiento de las disposiciones emitidas, así como articule las gestiones interinstitucionales necesarias.

Art.8.- PUBLICAR el contenido de la presente Resolución en la página web de la Secretaria Nacional de Gestión de Riesgos y en el Portal Compras Públicas.

Art.9.- NOTIFICAR con el contenido de la presente Resolución a las Direcciones Provinciales de Gestión de Riesgos de las provincias de Azuay y El Oro, así como a sus COE provinciales.

Art.10.- Una vez superada la situación de emergencia, dispongo publicar en el Portal COMPRAS PUBLICAS un informe que detalle las contrataciones realizadas y el presupuesto empleado, con indicación de los resultados obtenidos.

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RES-EMERGENCIA-SNGR-001-2013

ECL-DL