Comunicado a voluntarios de la ex Defensa Civil, Secretaría de Gestión de Riesgos zona 6 – Morona Santiago-

La Coordinación Zonal 6 de la Secretaria de Gestión de Riesgos, frente a actuaciones y pronunciamientos realizados por ciudadanos que no cuentan con ningún tipo de autorización peor aún representación oficial, comunica a los voluntarios y ciudadanía en general, lo siguiente:
– Las personas que tuvieron la calidad de voluntarios de la extinta Defensa Civil deben realizar la actualización de conocimientos y nuevo registro en la Secretaria de Gestión de Riesgos, para que puedan seguir constando como voluntarios de la nueva y única Autoridad Nacional, rectora en materia de riesgos. En caso de no haber realizado esta actualización y registro no ostentan ya la calidad de Voluntarios de la Secretaría de Gestión de Riesgos, no manteniendo ningún vínculo oficial con las actividades que esta Coordinación efectúa.
– Mediante Acuerdo Ministerial Nro. SNGR-008-2013, de fecha 12 de julio de 2013, suscrito por la Dra. María Del Pilar Cornejo de Grunaer, Secretaria de Gestión de Riesgos, expide la Normativa para el Voluntariado de Protección Civil de la Secretaría de Gestión de Riesgos, reglamentación que en su artículo 10, considera como voluntarios inactivos a quienes por más de seis (6) meses consecutivos y sin causa debidamente justificada, no participen en los programas o actividades de la SGR. Cuando un voluntario permanece inactivo por un período superior a un año (1), se considerara que se ha retirado del voluntariado. Para que el voluntario inactivo o retirado pueda recuperar la condición de activo, deberá presentar una solicitud por escrito dirigida a la Coordinación Nacional de Voluntariado y aprobar un curso de actualización.
– De acuerdo a los reportes de actividades de voluntariado en la Provincia de Morona Santiago, no se registra concurrencia de voluntarios en el cantón Twintza, a los cursos de capacitación desde el año 2012 y 2013, por lo que las personas que en esta localidad están haciendo uso del nombre de voluntarios de la Secretaría de Gestión de Riesgos, no son reconocidos como tales y no cuentan con ningún tipo de autorización para realizar pronunciamientos, concertar reuniones o cualquier otro tipo de actividad relacionada con la gestión que realiza la Secretaría, sabiendo de antemano que un voluntario bajo ningún parámetro puede abrogarse tales funciones, el artículo 16 de la referida normativa establece claramente: “Las voluntarias y voluntarios no podrán efectuar tareas que son de exclusiva competencia de los funcionarios de la Secretaría de Gestión de Riesgos”.
Por lo expuesto esta Coordinación, rechaza expresamente las actuaciones y pronunciamientos de ciudadanos que tomando el nombre de voluntarios pretenden tergiversar los hechos y actuaciones de la Secretaría de Gestión de Riesgos, reservándonos el derecho para iniciar las acciones que fueren del caso, en miras a hacer respetar el transparente actuar de esta entidad que lidera el Sistema Nacional Descentralizado de Gestión de Riesgos para garantizar la protección de personas y colectividades de los efectos negativos de desastres de origen natural o antrópico.
Atentamente.-
Ing. Galo Sánchez Aguilera
COORDINADOR ZONAL 6 DE LA SGR