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DECLARATORIA DE ALERTA NARANJA EN LAS ZONAS CONSIDERADAS DE ALTO RIESGO EN LAS RIBERAS DE LOS RÍOS TOMEBAMBA, MACHÁNGARA, YANUNCAY, TARQUI, CUENCA Y PAUTE PERTENECIENTE A LOS CANTONES CUENCA Y PAUTE.

Con base en la RESOLUCIÓN DE EMERGENCIA No.SGR-­017-­2014 se resuelve:

Artículo 1.- ACOGER el informe técnico sobre el Desbordamiento del Río Tomebamba del 12 de octubre del 2014, suscrito por el ingeniero Eduardo Metz León, Subsecretario de Preparación y Respuesta ante Eventos Adversos de la Secretaría de Gestión de Riesgos Subrogante.

 Artículo 2.DECLARAR en mérito de los hechos descritos, la Alerta Naranja en las zonas consideradas de alto riesgo en las riberas de los ríos Tomebamba, Machangara, Yanuncay, Tarqui, Cuenca y Paute pertenecientes a los cantones Cuenca y Paute.

Artículo 3.- DISPONER a los Comité de Operaciones de Emergencia provincial y cantonales, presididos por el Gobernador y los Alcaldes respectivamente de la provincia de Azuay, que en el ámbito de su jurisdicción se mantengan en estado de alerta y operativos para realizar las acciones inmediatas que se requieran para proteger a la ciudadanía, así como afrontar cualquier situación negativa que se pudiere generar por el fenómeno natural que está ocurriendo.

Artículo 4.- La Coordinación de las actividades que se desarrollen en torno a esta resolución, estarán a cargo de la Coordinación Zonal No. 6 de la Secretaría de Gestión de Riesgos.

Artículo 5.- DECLARAR la situación de emergencia para otorgar la ayuda humanitaria y realizar todas las acciones inmediatas que se requieran en las riberas de alto riesgo de los ríos Tomebamba, Machangara, Yanuncay, Tarqui, Cuenca y Paute pertenecientes a los cantones Cuenca y Paute, de conformidad al Informe presentado y los que presentare la Subsecretaría de Preparación y Respuesta ante Eventos Adversos de la Secretaría de Gestión de Riesgos.

Artículo 6.- Por efecto de esta declaratoria la Secretaría de Gestión de Riesgos podrá realizar de manera directa la adquisición de bienes y provisión de servicios que se requieran para cumplir con los propósitos de prevención, mitigación y remediación que se necesiten.

Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente resolución de emergencia en el portal COMPRAS PÚBLICAS, conforme lo establece la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.

Artículo 8.- Una vez superada la situación de emergencia, dispongo publicar en el Portal COMPRAS PÚBLICAS un informe que detalle las contrataciones realizadas y el presupuesto empleado, con indicación de los resultados obtenidos.

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RESOLUCION SGR-017-2014

LVM